Tras la explosión de una pipa de gas en Iztapalapa que dejó 27 personas muertas, la Secretaría de Energía (SENER) anunció este jueves la entrada en vigor de dos Normas Oficiales de Emergencia que endurecen la regulación del transporte y distribución de gas licuado de petróleo (LP) en el país.
Se trata de la NOM-EM-006-ASEA-2025 para transporte de gas LP y la NOM-EM-007-ASEA-2025 para distribución de gas LP, publicadas en coordinación con la Comisión Nacional de Energía (CNE), la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) y la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).
De acuerdo con la titular de la dependencia, Luz Elena González Escobar, las normas refuerzan cuatro puntos clave como el mantenimiento de unidades, en donde las empresas deberán comprobar ante la ASEA el cumplimiento de programas anuales de mantenimiento.
También se incluyen pruebas de seguridad, en donde será obligatorio realizar inspecciones internas y externas, además de pruebas periódicas de presión hidrostática en los recipientes de transporte y distribución.
La capacitación de conductores, para que los operadores cuenten con formación teórico-práctica avalada por un estándar de competencia específico para el manejo de gas LP. El monitoreo en ruta, en donde todas las unidades deberán instalar dispositivos de control de velocidad y GPS para transmisión de datos en tiempo real.
Plazos de cumplimiento
Las nuevas normas tendrán un plazo diferenciado para su cumplimiento. Las unidades de transporte tendrán 4 meses a partir de su entrada en vigor; los vehículos de distribución con capacidad mayor a 5 mil litros y antigüedad de 10 años o más tendrán 4 meses; y el resto de las unidades de distribución contarán con 6 meses.
Además, se pondrá en marcha un programa de inspecciones conjuntas de la ASEA, la CNE y la SICT, que abarcará desde la revisión físico-mecánica de las unidades hasta la vigencia de permisos y el registro en el padrón vehicular
La secretaria González subrayó que las disposiciones responden a la necesidad de “transitar hacia un esquema regulatorio donde la velocidad, las condiciones de manejo y el estado de funcionamiento de las pipas de gas LP no sólo son materia de tránsito, sino, esencialmente, de seguridad industrial y operativa”.
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