
El Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA) obtuvo un fallo judicial favorable que refuerza la obligación de garantizar la participación ciudadana en proyectos con impacto ambiental en Quintana Roo, al establecer que la consulta pública no puede realizarse de manera tardía ni considerarse un requisito subsanable.
Un Tribunal Federal concedió el amparo a la comunidad de Playa del Carmen ante la omisión de las autoridades de someter a consulta pública el proyecto “San Mex”, dentro del Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (PEIA). La resolución reconoce que dicho mecanismo es fundamental para asegurar el derecho a un medio ambiente sano, el acceso a la información y la participación ciudadana.
Al resolver el caso, el órgano jurisdiccional determinó que la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) no es un trámite cerrado entre la autoridad y el promovente del proyecto, sino un procedimiento público y preventivo que debe garantizar mecanismos efectivos de acceso a la información y participación social antes de emitir cualquier autorización.
El director ejecutivo del CEMDA, Gustavo Alanís Ortega, subrayó que el fallo deja claro que la consulta pública debe realizarse previo a la resolución ambiental, ya que sólo así la ciudadanía puede conocer los alcances del proyecto, formular observaciones y participar de manera oportuna en decisiones que impactan el territorio y los recursos naturales.
La sentencia también establece un precedente relevante al confirmar que la participación pública en materia ambiental es una garantía sustantiva y no una facultad discrecional de la autoridad. En ese sentido, advierte que si no se abre la consulta cuando es solicitada conforme a derecho, el procedimiento debe reponerse desde la etapa en que se vulneró este derecho.
Como parte de la resolución, el Tribunal ordenó a la Secretaría de Ecología y Medio Ambiente (SEMA) de Quintana Roo dejar sin efectos el PEIA del proyecto “San Mex”, llevar a cabo la consulta pública correspondiente y, una vez concluido ese proceso, emitir una nueva determinación conforme a derecho.
Asimismo, instruyó a la titular del Poder Ejecutivo estatal a garantizar el cumplimiento del fallo, bajo apercibimiento de sanciones que pueden incluir multas, la remisión del caso a un Tribunal Colegiado e incluso la separación del cargo en caso de incumplimiento.
El CEMDA consideró que esta resolución marca un punto de inflexión en la política ambiental del estado, al obligar a las autoridades a adoptar procesos más transparentes, abiertos y participativos, en línea con los derechos establecidos en la Constitución y en el Acuerdo de Escazú.
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