La Secretaría de Economía publicó un nuevo decreto que restringe la importación de combustibles para automóviles que compiten en eventos deportivos y otros petrolíferos, para combatir el huachicol fiscal.
El documento también incluye los hidrocarburos o petrolíferos que sean utilizados para realizar pruebas, en volúmenes menores a los utilizados en la industria de hidrocarburos, así como aquellos que sean usados para autoconsumo como combustible o insumo o materia prima para la elaboración de productos finales.
El documento señala que los permisos previos de importación o exportación de petrolíferos o hidrocarburos se otorgarán con la siguiente vigencia: 60 días naturales, tratándose de mercancías para eventos deportivos y mercancías para pruebas e investigación; un año y cinco años.
La Secretaría de Energía (Sener) en todo momento, podrá solicitar a cualquier institución, dependencia o tercero, información relativa a la cadena de valor de los petrolíferos e hidrocarburos, o bien, referente a la participación del solicitante o permisionario en las actividades del sector, para contar con elementos para determinar el otorgamiento o rechazo de una solicitud de permiso previo de importación o exportación de petrolíferos o hidrocarburos, así como para determinar la continuidad o prórroga de un permiso otorgado.
“Esta modificación está enfocada en fijar de manera tácita cuáles son los requisitos y reglas para poder importar y exportar”, opinó Marcial Díaz, experto de la consultoría QUA Energy.
“Esto puede ser una señal para el mercado de combustibles, pero queda claro que no cualquier regulado podrá acceder a contar con un permiso pues se deben acreditar cada uno de los requisitos puntuales que marca esta disposición”, añadió el especialista.
Entre los requisitos para obtener un permiso se encuentran un escrito libre en donde las empresas manifiesten bajo protesta de decir la verdad sobre la logística de importación que detalle los medios en los que se va a transportar la mercancía desde que se reciba de su proveedor y hasta la entrega a sus clientes, la ubicación física georeferenciada de todas las instalaciones donde se reciba, así como la forma de manejo de la misma, es decir, trasbordo o trasvase.
También deberán informar el nombre, denominación o razón social, domicilio fiscal y RFC de por lo menos dos de sus principales clientes y anexar un documento que acredite la relación comercial con los mismos y que permita identificar el volumen y calidad de producto que le suministrarán durante la vigencia del permiso.
Comenta y síguenos @Adri_Telecom @Energy21Mx