La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la denominada “Ley Nahle”, mediante la cual se reconocía como veracruzanos a las personas que tuvieran hijos nacidos en esa entidad, con lo que podrían contender por una gubernatura.
En agosto del año pasado, el Congreso de Veracruz aprobó la reforma legal que permitiría a la titular de la Secretaría de Energía (Sener), Rocío Nahle, competir por el cargo de gobernadora aunque no fuera originaria de este estado.
Ayer, con ocho votos a favor los ministros de la Corte consideraron que la reforma viola el artículo 116, fracción I, de la Constitución federal.
Este artículo señala que “sólo podrá ser gobernador constitucional de un Estado un ciudadano mexicano por nacimiento y nativo de él”.
Sin embargo, la Corte dejó intacta la posibilidad de tener cinco años de residencia en Veracruz como requisito para para poder competir por dicho cargo, ya que esta opción está contemplada en la Constitución.
En caso de haber avalado esta reforma “se abriría la puerta a un fraude a la constitución”, consideró al respecto el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
Norma Lucía Piña Hernández, presidenta de la SCJN, añadió que que el término “nativo” no puede ser desvinculado del nacimiento, y que la reforma tenía un trasfondo electoral, pues se trata del voto pasivo, al referirse a quién tiene la calidad para poder ser electo para gobernar el estado.
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