La Secretaría de Economía (SE) publicó un proyecto de Norma Oficial Mexicana (NOM) para la medición y controles volumétricos en el despacho de gasolina y otros combustibles líquidos.
La propuesta de NOM publicada en el Diario Oficial de la Federación detalla las especificaciones, métodos de prueba y de verificación que se aplican a los distintos sistemas para medición y despacho de gasolina y otros combustibles con un gasto volumétrico máximo de 250 L/min, que se comercializan y utilizan en transacciones comerciales dentro del territorio mexicano.
Señala que el sistema para medición y despacho de gasolina debe incluir alguno dispositivos de control o sus equivalentes.
“Las pistas de auditoría o la bitácora de eventos deben registrar de manera consecutiva los eventos de hasta 12 meses de operación normal”, indica la NOM.
La bitácora debe ser descargada por medio del puerto serial y está condicionada a digitar una contraseña en el panel de control del sistema para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos, la cual debe ser entregada a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y al Centro Nacional de Metrología para poder realizar las verificaciones correspondientes.
Los eventos que se deben registrar son los ajustes hechos a un sistema para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos (ajustes a la entrega de volumen) incluyendo lado, identificación del producto y factor de ajuste.
El cambio de precios incluyendo lado, identificación del producto y el valor de nuevo precio, los accesos al sistema electrónico, particularmente la apertura de puertas, los accesos al modo de programación, cambio de fecha y hora del sistema, incluyendo la nueva fecha y hora; y actualización del o los programas de cómputo incluyendo la o las versiones a la que se actualizó.
La Profeco tendrá la facultad para realizar visitas de verificación y constatar las lecturas presentadas por los permisionarios.
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