A través del Incidente de Suspensión 118/2021, Juan Pablo Gómez Fierro, juez segundo en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, otorgó una suspensión provisional a la entrada en vigor de las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).
La decisión emitida por el juez tiene como objetivo la suspensión de todas las consecuencias derivadas del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 9 de marzo, a través del cual se reforman y adicionan diversas disposiciones sobre la ley referida.
Destacó que, previo a los cambios recientes, las normas derivadas de la reforme energética tenían como fin garantizar la competencia económica y la libre concurrencia del sector, por lo que las modificaciones ‘se alejan de los objetivos’ referidos, por lo cual son contrarios a los artículos 25 y 28 constitucionales.
“(…) se estima que las normas reclamadas pueden afectar los derechos fundamentales a la libre concurrencia y competencia desde una dimensión colectiva, en detrimento a los usuarios finales del suministro básico de energía eléctrica (…) también podrían producir daños inminentes e irreparables al medio ambiente, toda vez que fomentan la producción y el uso de energías convencionales y que desincentivan la producción de energías limpias”, se lee en la versión pública del documento.
A pesar de que la solicitud fue presentada por dos empresas que realizan actividades en el sector eléctrico, se indicó que los efectos de la medida cautelar tendrán efectos generales, de lo contrario, se otorgaría una ventaja competitiva frente a los demás participantes de la industria, afectando la competencia y desarrollo.
Para no generar un vacío normativo, el juez instruyó a las autoridades continuar con la aplicación de los artículos 3, 4, 12, 26, 35, 53, 101, 108 y 126, así como el régimen transitorio previsto en la LIE antes de entrar en vigor. Además de que todas las autoridades estarán obligadas a cumplir con la decisión otorgada.
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