La empresa mexicana Diavaz cuestionó el proyecto que le permitiría a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) fijar tarifas máximas de gas natural en México, así lo demuestra un escrito publicado en el portal de anteproyectos de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER).
Lo anterior es en respuesta a las Disposiciones Administrativas de Carácter General que especifican la metodología de tarifas de distribución por medio de ducto de Gas Natural, asociadas al expediente 65/0013/250722, publicadas por el órgano regulador desde julio pasado.
En el documento suscrito por Luis Núñez Cervantes, gerente general, la compañía dedicada a la comercialización de gas natural, subrayó diversas contradicciones, errores metodológicos y elementos de sobre regulación en lo presentado por el órgano regulador.
En un listado de 24 puntos, Diavaz deja como interrogantes algunas de las siguientes premisas:
- ¿Qué información incluirá la memoria de cálculo que se presente en la solicitud de Tarifas Máximas y Otros Cargos Regulados?
- ¿Por qué la CRE requiere el mismo plazo que la regulación vigente para resolver sobre la solicitud de tarifas si solamente debe revisar que la Tasa de Rentabilidad Estimada no exceda el LRM?
- ¿Por qué la CRE requiere el mismo plazo que la regulación vigente para resolver sobre la solicitud de tarifas si solamente debe revisar que la Tasa de Rentabilidad Estimada no exceda el LRM?
- ¿Por qué la CRE tendría que llevar a cabo análisis comparativos entre las tarifas propuestas y las tarifas vigentes, o con las mejores prácticas y/o estándares de la industria en cuanto a estructuras de costos y rentabilidad en la solicitud de autorización de la Lista de Tarifas Máximas y Otros Cargos Regulados?
Además solicitó a la CRE eliminar del procedimiento de autorización de la Lista de Tarifas Máximas y Otros Cargos Regulados la notificación de la admisión a trámite, además pide reducir el plazo de respuesta a la solicitud de autorización de la Lista de Tarifas Máximas Reguladas y Otros Cargos Regulados.
“Se solicita eliminar la posibilidad de que la CRE determine la Lista de Tarifas Máximas y Otros Cargos Regulados de oficio, ya que el mecanismo de supervisión anual asegura que el distribuidor se ajuste al LRM”, también solicitó.
A la inconformidad se sumó la empresa Naturgy, la cual el pasado 19 de agosto también expresó sus comentarios a través de la misma plataforma.
“La regulación que se emita el respecto deberá obedecer a las premisas establecidas en la Ley de Hidrocarburos y el Reglamento de las Actividades a las que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos: que las contraprestaciones, precios o tarifas de los permisionarios deben permitir la obtención de una rentabilidad razonable, que refleje el costo de oportunidad del capital invertido, el costo estimado de financiamiento y los riesgos inherentes del proyecto, entre otros, considerando los principios que permitan el desarrollo eficiente de la industria y de mercados competitivos, que reflejen las mejores prácticas en las decisiones de inversión y operación”, expresó.
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