Mientras se discutía en el Pleno de la Cámara de Diputados la iniciativa eléctrica del Presidente Andrés Manuel López Obrador y ante un fracaso ya ‘cantado’, el Jefe del Ejecutivo hizo llegar este domingo 17 de abril al Palacio Legislativo de San Lázaro un proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos preceptos de la Ley Minera, una acción que fue adelantada por él mismo en su discurso correspondiente a los 100 días de su cuarto año de Gobierno.
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En su exposición de motivos, el mandatario federal subraya su interés de “garantizar la autodeterminación de la Nación así como la soberanía energética del pueblo sobre el litio y demás minerales que resulten estratégicos y necesarios para la transición energética, la innovación tecnológica y el desarrollo nacional”.
A la par, pretende determinar que un organismo público descentralizado se haga cargo de la exploración, explotación y aprovechamiento de dicho mineral.
Al igual que en su momento, el Presidente criticó la reforma energética de 2013, esta vez tildó la Ley Minera de 1992 la cual señala, “estuvo diseñada para proteger y garantizar los intereses de las empresas privadas, nacionales y extranjeras para obtener concesiones sin que importaran los derechos del pueblo de México”.
Reprochó que casi el 60 por ciento del territorio nacional se encuentra concesionado para actividades mineras y los titulares de las concesiones especulan con ellas en el mercado financiero nacional e internacional en demérito de los derechos al territorio de los pueblos originarios y de los intereses nacionales.
“Es momento de parar ese despojo a la Nación y poner las riquezas del subsuelo al servicio del pueblo de México (…) el país tiene importantes reservas de litio que deben ser preservadas en beneficio del interés general y no de intereses mercantiles nacionales o extranjeros”, destacó el Presidente.
En concreto, esta iniciativa plantea que la exploración, explotación y aprovechamiento del litio estarán exclusivamente a cargo del Estado, por conducto del organismo público descentralizado creado para ello, por lo que no estará sujeto a otorgamiento de concesiones a favor de particulares.
“…éste (el litio) y demás minerales que llegaran a considerarse estratégicos por razones económicas o tecnológicas no deben ser objeto de concesiones, contratos, asignaciones, permisos ni de cualquier otro acto administrativo o de derecho privado que los sustraigan del patrimonio de la Nación”, señala la iniciativa.
Igualmente, se prohíbe que en las asignaciones mineras relativas al litio participe el capital privado.
Artículos a reformar
El proyecto de decreto que consta de 10 páginas contempla la modificación del Artículo 1, las fracciones V y VI del Artículo 5, el párrafo primero del Artículo 9, el párrafo primero del Artículo 10, y se adicionan las fracciones VII, VIII, IX y X al artículo 5, y un párrafo tercero al Artículo 10 por lo que se recorren los actuales párrafos tercero y cuarto de ese Artículo.
El documento fue recibido a las 20:00 hrs por la Presidencia de la mesa directiva.
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