La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó las reglas de carácter general para definir los métodos de ajuste del valor de los hidrocarburos que servirán de base al nuevo régimen fiscal de Petróleos Mexicanos (PEMEX), denominado Derecho Petrolero para el Bienestar.
Bajo este nuevo régimen se unifican varios impuestos en un solo derecho, a fin de aligerar la carga impositiva de la petrolera, de esta forma la SHCP precisa la forma de cálculo y ajuste del valor de los hidrocarburos extraídos que PEMEX deberá emplear para determinar sus pagos anuales y provisionales mensuales.
Se establece una tasa base de 30 % sobre el valor de los hidrocarburos extraídos, además de una sobretasa que varía según el precio promedio del crudo; si el precio internacional es inferior a 57.8 dólares por barril, la tasa efectiva queda por debajo del 30 %, y si es superior, la tasa aumenta proporcionalmente
PEMEX deberá clasificar los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de venta de cada tipo de petróleo exportado, de acuerdo con sus grados API y contenido de azufre, para calcular el precio promedio del barril en el periodo correspondiente.
Además, la SHCP refuerza su facultad de supervisión al exigir a la petrolera estatal los reportes anuales y trimestrales de inversiones, costos y gastos por cada campo de extracción, con proyecciones a dos ejercicios siguientes.
La dependencia también podrá solicitar información adicional para validar ajustes de calidad (devoluciones, descuentos o bonificaciones) que afecten el cálculo del Derecho Petrolero para el Bienestar.
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