La multa que la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) impuso a varias gasolineras por 437 millones de pesos, generó dudas entre los analistas porque los argumentos que hasta ahora ha dado a conocer el regulador podrían no ser tan sólidos.
“Pareciera que el sustento es débil, en alguna entrevista escuché a la presidenta de COFECE manifestar que se habrían encontrado patrones en los precios, pero eso puede tener muchas razones”, opinó Alejandro Montufar, CEO de PetroIntelligence, quien afirmó que hasta el momento no se ha liberado suficiente información para conocer los detalles del caso.
El organismo antimonopolios explicó que los sancionados conspiraron de manera ilegal y en perjuicio de los consumidores finales para manipular los precios de la gasolina regular y premium entre 2014 y 2021.
Detalla que dentro del grupo de sancionados hay 15 gasolineras y 2 directivos, con la colaboración de Asociación Mexicana de Empresarios Gasolineros (AMEGAS) organizaron un foro donde acordaron no bajar los precios de la gasolina entre 2014 y 2017.
“El caso que se ve fuerte es el que está relacionado con el foro que en teoría sucedió, habría que ver si hay pruebas o evidencias de que pasó así”, dijo el experto.
Las empresas que participaron en dicho foro fueron multadas con casi 28 millones de pesos. Las gasolineras implicadas pertenecen a Grupo Combustibles y la gasolinera Colón.
“Más allá de que existan patrones de precios, es importante que haya evidencia de que se hayan llevado los acuerdos”, opinó Montufar, quien aclaró que sus observaciones son preliminares a espera de que la COFECE ofrezca más información o publique la resolución.
Ramsés Pech, analista de Caraiva y Asociados, opinó que hay que esperar a que las empresas impugnen la decisión de la COFECE, ya que automática se podrían cancelar sus permisos gasolineros ante la Comisión Reguladora de Energía (CRE), por lo que es seguro que interpongan un amparo.
Las multas de la COFECE pueden ser impugnadas ante el Poder Judicial mediante el amparo indirecto, en donde un juzgado en primera instancia podría negar o confirmar la resolución; si la confirma puede ser revisado por un tribunal colegiado el cual también podría ratificar o revertir la multa.
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