La Secretaría de Energía (SENER) endureció las obligaciones para las empresas del sector energético al establecer que en la Manifestación de Impacto Social (MISSE), se deberá dar seguimiento anual obligatorio a un Plan de Gestión Social, con indicadores medibles, evidencia documental y reporte detallado de inversión.
El nuevo marco, publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación establece en su Artículo 34 que las empresas deben entregar ese reporte anual con información sobre el avance y cumplimiento de los indicadores establecidos para cada impacto social identificado en la MISSE, junto con la evidencia correspondiente.
También deberán integrar informes de cumplimiento de las estrategias y planes que integran el Plan de Gestión Social, detallando el avance de los indicadores y acompañándolos con sustento documental.
El documento deberá incluir un informe de seguimiento financiero, en el que se detalle el concepto de gasto y el monto estimado invertido por cada estrategia o plan implementado, además de la actualización de montos de inversión para el año siguiente, sobre los proyectos de infraestructura energética a desarollar.
La Dirección General de Impacto Social podrá verificar la información en términos de la normatividad aplicable, lo que introduce un componente de fiscalización técnica permanente.
Inversión social obligatoria y cuantificable
Por otro lado, el Artículo 40 dispone que en la autorización definitiva se establecerán obligaciones sobre el cálculo y ejecución del monto de inversión total anual estimado del Plan de Gestión Social.
Esto implica que la inversión social deja de ser un compromiso abierto y pasa a convertirse en una obligación cuantificada, sujeta a verificación.
Además, la normativa exige que la MISSE incluya datos con una estimación de costo-beneficio y monto destinado a beneficios sociales compartidos. Es decir, la dimensión social del proyecto queda integrada como componente financiero estructural.
De esta forma, la autorización de la MISSE será requisito para iniciar el desarrollo de infraestructura vinculada al proyecto.
Y esa autorización puede ser negada o condicionada si el proyecto genera impactos sociales significativos negativos, si no se cumplen condicionantes o si existe negativa en procesos de consulta indígena.
Además, la autorización puede perder validez si el proyecto sufre modificaciones sustanciales, como cambios de ubicación o nuevos impactos sociales relevantes.
La regulación también contempla la posibilidad de revocación de la autorización definitiva o condicionada, lo que implica suspender actividades relacionadas con el proyecto.
En conjunto, el nuevo esquema transforma la Manifestación de Impacto Social en un instrumento de supervisión continua. Las empresas no sólo deben acreditar impactos sociales antes de iniciar obras, sino sostener año con año, con indicadores, evidencia y reportes financieros detallados, que cumplen lo prometido.
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