La Comisión Nacional de Energía (CNE) endureció los requisitos para el transporte ferroviario de petrolíferos y gas LP al establecer un nuevo esquema de trazabilidad obligatoria que exigirá a los carro-tanques reportar información detallada sobre cada movimiento, desde el origen de la carga hasta la ruta completa del recorrido.
El acuerdo, publicado en el Diario Oficial, marca el primer intento de la autoridad por cerrar los vacíos regulatorios que han permitido opacidad en la cadena logística por ferrocarril.
A partir de 2026 los permisionarios deberán entregar datos específicos sobre la identidad del carro-tanque, el permiso asociado, la locomotora que lo mueve, la guía de embarque, la carta porte y el volumen exacto del producto transportado.
Toda la ruta tendrá que ser reportada con geolocalización precisa mediante sistemas RFID integrados a la infraestructura ferroviaria. La CNE sostiene que esta medida busca elevar el control de una modalidad que hoy opera sin estándares uniformes de seguimiento y que se ha convertido en un eslabón estratégico para el movimiento de combustibles ante el auge del transporte multimodal.
En paralelo, el regulador amplió los plazos de cumplimiento para el resto de las obligaciones de balizado y monitoreo satelital. Las unidades de transporte y distribución de petrolíferos y Gas LP tendrán hasta diciembre de 2025 para implementar el Código QR y garantizar la operación del GPS.
En el caso de los carro-tanques ferroviarios, el periodo se extiende hasta abril de 2026 debido a la coordinación que implica intervenir equipos especializados y sincronizar la operación con la red ferroviaria nacional.
El acuerdo también ajusta las especificaciones del balizado, ya que se actualizaron las dimensiones, los materiales y la visibilidad de las calcomanías QR. Para los autotanques de Gas LP con capacidad menor a ocho mil litros se definieron criterios diferenciados que permitan una correcta instalación pese al tamaño reducido de estas unidades.
La CNE aclaró que el transporte de petroquímicos seguirá exento de estas obligaciones mientras no exista una regulación específica para esa cadena logística.
El documento entrará en vigor al día siguiente de su publicación, aunque la mayoría de los requisitos se activarán de manera escalonada conforme a los plazos establecidos en los transitorios.
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