
La Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) dio un paso decisivo hacia la eficiencia gubernamental al publicar este miércoles un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que establece una serie de acciones para la simplificación administrativa en sus trámites.
Este movimiento tiene como principal objetivo reducir la carga burocrática que enfrentan los regulados, haciendo eco de lo estipulado en la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos (2025).
Fusión y actualización de trámites:
- Se unifican los trámites ASEA-01-009-A y ASEA-01-010-A (autorización y actualización de licencias de funcionamiento de estaciones de servicio de combustibles) en un solo trámite con homoclave ASEA-2025-005-012-A.
- También se fusionan los trámites ASEA-02-008-D, ASEA-02-009-D, ASEA-2019-005-021-A y ASEA-2019-005-022-A en el trámite ASEA-2025-005-006-A (avisos y dictámenes de operación).
Para la eliminación de requisitos:
- Se suprime la obligación de presentar el croquis de la instalación en varios trámites.
- Se reduce la documentación redundante y se precisan los requisitos para identificación, planes y diagramas técnicos.
Mejoras en los formatos:
- Se actualiza el formato FF-ASEA-061, el cual sustituye escritos libres y ahora se usará también para reportar emisiones atmosféricas (homoclave ASEA-2025-005-011-A*).
- Se introducen nuevos formularios: FF-ASEA-023, FF-ASEA-022, FF-ASEA-062, entre otros.
Reducción de plazos:
- Para la Licencia Ambiental Única del Sector Hidrocarburos (ASEA-03-001), el plazo máximo de resolución baja de 96 a 70 días naturales.
Este ajuste de la ASEA gira en torno a sus artículos clave, siendo el Artículo Primero el encargado de establecer la columna vertebral de la simplificación: describe con detalle los trámites que han sido modificados o fusionados, además de definir los nuevos nombres, homoclaves, requisitos y formatos que serán aplicables de ahora en adelante. Por su parte, el Artículo Segundo aborda la modificación directa del formulario FF-ASEA-061, que existía en el acuerdo anterior de mayo de 2025. Finalmente, el Artículo Tercero indica que este nuevo formato FF-ASEA-061 deberá emplearse también para el trámite de control y monitoreo de emisiones en estaciones de servicio, emitiéndose el anexo 4 específicamente para este propósito.
Disposiciones transitorias:
- El acuerdo entra en vigor el día 6 de noviembre de 2025.
- Los trámites presentados antes de esta fecha se resolverán conforme a la normatividad vigente al momento de su ingreso.
- La ASEA deberá actualizar la información de sus trámites el portal OPE-ASEA 2.0
En resumen el acuerdo es parte del esfuerzo de digitalización y mejora regulatoria de la ASEA para facilitar los trámites del sector hidrocarburos, disminuir tiempos y costos administrativos, y aumentar la claridad y transparencia en sus procesos.





