La Cámara de Diputados aprobó con 359 votos a favor, 135 en contra y 0 abstenciones, el dictamen por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política, en materia de reforma del Poder Judicial.
Tras 11 horas de discusiones y con más de 700 reservas, los legisladores aprobaron la polémica reforma que ha encendido los focos rojos por parte de Estados Unidos, Canadá, y las cúpulas empresariales porque generaría incertidumbre en el ambiente de inversión.
La reforma reduce el número de Ministras y Ministros, de 11 a 9 integrantes, se reduce el periodo de su encargo, de 15 a 12 años, se eliminan las dos Salas. La Corte sólo sesionará en Pleno y sus sesiones deberán ser públicas.
También se elimina la pensión vitalicia (haber de retiro) para actuales y futuros ministros y ministras, y sus remuneraciones deben ajustarse al tope máximo establecido para el Presidente de la República, sin excepción.
Además, los Ministros de la SCJN, Magistrados del Tribunal Electoral y Magistrados del Tribunal de Disciplina se elegirán a nivel nacional en las elecciones ordinarias a partir de 30 candidaturas paritarias propuestas por los tres Poderes de la Unión.
El Poder Ejecutivo propondrá hasta 10 candidaturas, el Legislativo propondrá hasta 5 candidaturas por cada Cámara (Diputados y Senadores), por mayoría calificada, y el Poder Judicial propondrá hasta 10 candidaturas a través del Pleno de la Suprema Corte, por mayoría de 6 votos.
En el caso de los mil 633 Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, se elegirán en cada uno de los 32 circuitos judiciales en las elecciones ordinarias, a partir de 6 candidaturas paritarias por cargo (2 por cada Poder de la Unión).
El Senado de la República verificará que las candidaturas cumplan con los requisitos de ley. El Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC) organizará la elección.
Las campañas durarán 60 días, y no habrá etapa de precampañas, tampoco se permite el financiamiento público o privado. Las personas candidatas tendrán acceso a tiempos de radio y televisión para difundir sus propuestas y podrán participar en foros de debate.
Los partidos políticos no podrán realizar proselitismo a favor o en contra de las candidaturas, mientras que el Tribunal Electoral del Poder Judicial resolverá las impugnaciones y declarará los resultados, salvo cuando se trate de sus propios integrantes, cuya resolución corresponderá a la SCJN.
La reforma también introduce la figura de los “jueces sin rostro”, la cual protegería la identidad de aquellos jueces que resuelvan delitos como el narcotráfico, delincuencia organizada o terrorismo.
Tras su aprobación en la Cámara de Diputados, la iniciativa pasará a la Cámara de Senadores para su discusión y probable aprobación, para después transitar por los congresos locales de cada entidad federativa, para después turnarse al Ejecutivo federal para su promulgación.
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