En un esfuerzo por redefinir la arquitectura regulatoria del sector energético en México, la Comisión Nacional de Energía (CNE) ha sido establecida como una nueva instancia clave. Su génesis se remonta a la modificación de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la emisión de su propia Ley, instrumentos que dan el cumplimiento al artículo 28 constitucional, publicada el 20 de diciembre de 2024. Dicha reforma transfirió las facultades que anteriormente recaían en la ahora extinta Comisión Reguladora de Energía (CRE) a la Secretaría de Energía y a la recién creada CNE, respectivamente, marcando un hito en la gobernanza energética del país.
Para asegurar una transición ordenada, el transitorio tercero de la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal precisó que la Secretaría de Energía ejercería sus nuevas facultades a través de sus Unidades Administrativas adscritas y sectorizadas, entre las cuales se designa a la CNE como un órgano administrativo desconcentrado y sectorizado. Durante su fase inicial, se estableció una suspensión de plazos y términos de 90 días naturales para dar certeza jurídica a la transferencia y continuidad de los asuntos, trámites, solicitudes, procedimientos administrativos, etc.
Concluida esta fase de transición, el 2 de junio de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo que oficializó la reanudación de los plazos y términos para la recepción y tramitación de los asuntos competencia de la CNE. Sin embargo, para el caso específico de los hidrocarburos, algunas solicitudes clave aún se mantienen en espera de reactivación, incluyendo los permisos para nuevas estaciones de servicio, las modificaciones a la estructura accionaria y de capital social, así como las solicitudes de actualización de cambio de marca; estos 3 últimos aún están pendiente de reactivarse.
Dentro del mismo acuerdo donde se reestablecen los plazos de atención, la CNE solicitó rarificar el interés de la permisionaria para continuar con el trámite ante la Comisión. Esta ratificación debía efectuarse durante los 10 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del acuerdo, plazo que finalizó el 19 de junio de 2025, y aplicó a todos los trámites que habían sido ingresados ante la extinta CRE antes del 18 de marzo de 2025.
¿Qué se ha aprobado?
Entre el 28 de junio y el 17 de septiembre de 2025, la CNE celebró 6 sesiones ordinarias y aprobó 272 permisos para gasolineras. Esta cifra representa el 84% del total de permisos aprobados en lo que va del año 2025, que al 17 de septiembre suman 316 autorizaciones para expendio al público de petrolíferos. De este total anual, la extinta Comisión Reguladora de Energía (CRE) aprobó 44 permisos, mientras que la nueva CNE ha aprobado 272.
En contraste con el ejercicio de 2024, donde la extinta CRE autorizó 325 permisos, con un promedio mensual de 13.5, la CNE ha logrado un promedio de 113 permisos por mes en aproximadamente 74 días y con solo 6 sesiones ordinarias.
Este acelerado ritmo se debe, en gran medida, al rezago acumulado, que se estima en unas 600 solicitudes pendientes. Dicho rezago fue exacerbado por la suspensión de plazos y términos que se mantuvo por cerca de 2.5 meses (del 18 de marzo al 2 de junio de 2025), periodo durante el cual se detuvo la atención de trámites a los permisionarios.
De continuar este ritmo de aprobaciones para estaciones de servicio, se pudiera cerrar el 2025 con más de 500 permisos aprobados, superando las cifras de los últimos años: 511 permisos aprobados en 2022, 441 en 2023, y 325 en 2024.
Un aspecto crucial en las recientes aprobaciones de nuevos permisos por parte de la Comisión Nacional de Energía (CNE) es la vigencia de 10 años con la que han sido expedidos. Esta medida ha generado atención, considerando que el artículo 11, primer párrafo, del Reglamento referente al Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos establece que los permisos “tendrán una vigencia de hasta 30 años, contada a partir de la fecha de su otorgamiento”. Dicha legislación permite a la autoridad expedir disposiciones administrativas que regulen este plazo, otorgándole la facultad de determinar la duración de la vigencia con base en el análisis de cada expediente. Adicionalmente, el párrafo tercero del mismo artículo señala que estos permisos pueden ser prorrogados hasta por la mitad de su vigencia establecida, lo que en estos casos particulares permitiría solicitar una extensión de 5 años.
En este sentido, se considera que la vigencia de 10 años es un tiempo reducido para los retornos de inversión que se llevan a cabo en este tipo de instalaciones. Un dato importante es que anteriormente los permisos se otorgaban con vigencia de 30 años, sin embargo a partir de noviembre de 2022, la extinta CRE redujo los tiempos de vigencia de expendio de petrolíferos de 30 años, a 20 o incluso 10 años. Un dato significativo que subraya esta perspectiva es que el tanque de almacenamiento, uno de los equipamientos más importantes en la construcción de una estación de servicio, cuenta con una garantía del fabricante que asciende a 30 años.
Conclusiones
Se percibe que la nueva CNE ha tenido un buen ritmo de seguimiento, aprobaciones y resoluciones a tramites que se ratificaron, no solo en permisos, sino también en actualizaciones, modificaciones, correcciones etc.
Este desempeño sugiere que la nueva Comisión está trabajando para simplificar los procesos y agilizar los tiempos de respuesta, lo que ayuda a motivar al inversionista a seguir desarrollando proyectos que ayuden al desarrollo energético nacional y a la creación de nuevas fuentes de empleo. Al final son muy buenas noticias para el sector, pues la nueva CNE ha estado reflejando su disposición de atender el rezago y aprobar con mayor agilidad los asuntos.