La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica de 2021, propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
El máximo tribunal de justicia del país otorgó el amparo a seis empresas por considerar que la reforma vulnera la legalidad dentro del mercado eléctrico mayorista, con lo cual sepulta la iniciativa aprobada en marzo de 2021 y que daba un trato preferencial a la CFE.
Los ministros Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar votaron a favor de otorgar los amparos, mientras que las ministras Yasmín Esquivel y Lenia Batres lo hicieron en contra. A su vez, Javier Laynez se excusó de participar en la votación y Pérez Dayán tuvo que dar su voto de calidad por ser presidente de la sala.
Aunque el amparo se concedió a 6 empresas, los efectos de la decisión tomada por la Corte son de aplicación para todas las compañías que sientan vulnerados sus derechos por esta ley.
La reforma planteaba nuevas reglas para el acceso de los generadores a la red, priorizando la energía generada por la CFE en el despacho eléctrico y relegando a otros generadores, principalmente los de energías renovables.
También señalaba que los permisos que se otorguen tendrían que estar sujetos a los criterios de planeación del Sistema Eléctrico Nacional emitidos por la Secretaría de Energía.
Eliminaba la obligación de comprar energía por subastas para la CFE las cuales, según la exposición de motivos, solamente buscaron “garantizar la rentabilidad de las inversiones de los generadores privados en detrimento de la CFE”.
Obligaba a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) a revocar los permisos de autoabastecimiento de los que son titulares los particulares “en los casos en que hayan sido obtenidos, bajo la fachada de sociedades de autogeneración”, entre otras medidas.
Comenta y síguenos @Adri_Telecom @Energy21Mx