Energy21
  • Petróleo y Gas
  • Electricidad
  • Renovables
  • Industria
  • Política y Normatividad
  • Mercados
  • Tecnología
  • Revista
  • Electromovilidad
No Result
View All Result
  • Petróleo y Gas
  • Electricidad
  • Renovables
  • Industria
  • Política y Normatividad
  • Mercados
  • Tecnología
  • Revista
  • Electromovilidad
No Result
View All Result
Energy21
No Result
View All Result
Home Columna invitada

Reformas a la Ley Minera

Karina Rodríguez Matus by Karina Rodríguez Matus
26 mayo, 2023
EnviarCompartirCompartir

Reformas a la Ley Minera

 

El pasado 28 de abril la Cámara de Senadores, aprobó el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Minera, de La Ley de Aguas Nacionales, de La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos en Materia de Concesiones para Minería y Agua, aprobada por la Cámara de Diputados el 20 de abril y presentada ese mismo día por Moisés Ignacio Mier Velazco, Aleida Alavez Ruiz y Manuel Rodríguez González, Diputados del Grupo Parlamentario de Morena. La iniciativa aprobada no es la iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal el 24 de marzo de 2023, aun cuando es similar sólo con algunos cambios.

 

Las modificaciones aprobadas cambian de manera radical el sistema para el otorgamiento de concesiones y la exploración minera que por más de 100 años estuvo vigente en nuestro país. En ese sentido se incluyen nuevos requisitos, se modifican los derechos y el cumplimiento de obligaciones, así como nuevas sanciones y más cuantiosas, incluyendo delitos. En nuestra opinión, aunque fueron sólo cierto número de artículos los modificados, se trata prácticamente de una “nueva Ley Minera”, un nuevo régimen que tendrá como efecto detener el crecimiento de la industria y poner en riesgo la continuidad de la misma.

 

Por ejemplo, en materia de Concesiones Mineras destaca el hecho de que éstas se otorgarán únicamente mediante un concurso -licitación pública- que garantice al Estado las mejores condiciones económicas y el beneficio para la población y el medioambiente, desapareciendo el concepto de “terreno libre” y con ello la posibilidad de que los particulares soliciten concesiones.

 

Con esta modificación se dependerá totalmente del trabajo que pueda realizar el Servicio Geológico Mexicano (SGM), previa emisión por parte de la Secretaría de Economía (SE) de “órdenes”, sin vigencia definida. Una vez que el SGM termine la exploración propondrá a la SE: (i) se declare zona de reserva mineras; (ii) se otorgue una asignación a una entidad paraestatal; o (iii) se convoque a concurso para otorgar concesiones a particulares.

 

En cuanto a los minerales o sustancias susceptibles de exploración, explotación, beneficio o aprovechamiento, deben quedar especificadas en cada título de concesión, y en caso de que durante la explotación de un lote minero se localicen minerales o sustancias no comprendidas en el título de concesión y no reservadas al Estado, el título de concesión podrá modificarse para incluirlas, previo pago de la prima de descubrimiento que corresponda, más el porcentaje que al efecto se determine, siendo confuso el concepto de prima por descubrimiento que se pretende dar en este caso, ya que pareciera que es sólo un pago.

 

Respecto a la vigencia, se considera que las concesiones mineras tendrán ahora una duración de 30 años, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Minería, de los cuales, los primeros cinco años se destinarán para las actividades pre-operativas. Estas concesiones mineras podrán ser prorrogadas por 25 años, cuando sus titulares no hubieren incurrido en cualquiera de las causales de cancelación, lo soliciten dentro de los dos años y hasta un año antes del término de su vigencia y cuenten con las autorizaciones y permisos necesarios para su operación, así como con la concesión de agua para uso industrial en la minería.

 

Concluida la prórroga, la persona titular de la concesión, podrá participar en la licitación del mismo lote minero, en cuyo caso tendrá preferencia para la determinación del fallo, para lo cual deberá igualar la propuesta más alta; esta concesión se otorgará por un término improrrogable de 25 años.

 

En cuanto a los derechos de los concesionarios, estos se limitan, lo que genera incertidumbre e inseguridad jurídica respecto al ejercicio de los mismos, tales como, el derecho a obtener la prórroga de la concesión, o la utilización de los agrupamientos, sin embargo se respeta y reconoce el derecho al agua de laboreo de mina, estableciéndose que ésta puede ser aprovechada para la explotación y beneficio de los minerales o sustancias que se obtengan y el uso doméstico del personal empleado en las mismas, siempre que se dé aviso a la Comisión Nacional del Agua y se paguen los derechos por la misma.

 

En síntesis, esta reforma es en realidad una modificación integral del sistema, no solamente adecuaciones en materia ambiental y social como se ha mencionado en diversos medios, por lo que se requerirá de una reglamentación exhaustiva, y quizá hasta modificaciones posteriores que reconozcan la realidad de la actividad minera, así como las facultades de las diversas autoridades en materia minera, ambiental y laboral, que les corresponde aplicar sus propias leyes; y que las modificaciones que ahora se realizan podría generar confusión en cuanto a sus alcances y aplicación.

 

Sigue a Karina en sus redes sociales: Linkedin

 


Karina es abogada egresada de la Escuela Libre de Derecho, con maestría en Derecho Administrativo por el
Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM). Socia del despacho Rodríguez- Matus & Feregrino;
especialista en minería, energía y proyectos de infraestructura.

 

¡Encuentra este artículo también en nuestra revista digital de Mayo 2023!

e21-mayo

 

Tags: Ley Minera

Noticias Relacionadas

Impugnan Ley Minera ante la SCJN por inconstitucional

Impugnan Ley Minera ante la SCJN por inconstitucional

12 junio, 2023
Reforma a la Ley Minera socava a la industria: Santamarina y Steta

Reforma a la Ley Minera socava a la industria: Santamarina y Steta

5 mayo, 2023
Ley Minera no pone en riesgo inversiones establecidas: Ignacio Mier

Ley Minera no pone en riesgo inversiones establecidas: Ignacio Mier

26 abril, 2023
Reforma a la Ley Minera pone en riesgo continuidad de la industria: Concamin

Reforma a la Ley Minera pone en riesgo continuidad de la industria: Concamin

24 abril, 2023
Next Post
Cadillac electrifica su modelo Escalde IQ; prevé presentarla este año

Cadillac electrifica su modelo Escalde IQ; prevé presentarla este año

Llama ICC a promover transición energética en México

Llama ICC a promover transición energética en México

Deja un comentario Cancelar respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Más Leídas

  • La nueva CNE “rompe el hielo” con tres permisos energéticos

    La nueva CNE “rompe el hielo” con tres permisos energéticos

    74 shares
    Share 30 Tweet 19
  • Cotemar: Comunicación con propósito y acciones centradas en su gente 

    38 shares
    Share 15 Tweet 10
  • Menos espera; CNE acorta plazos para aprobar permisos

    25 shares
    Share 10 Tweet 6
  • Nueva CNE sesionará “en lo oscurito”

    125 shares
    Share 50 Tweet 31
  • BYD dice “no” a México por temor a Trump

    23 shares
    Share 9 Tweet 6

Energy21 Podcast

Video Destacado

https://www.youtube.com/watch?v=UO1PCQuEF5g

Categorías

  • Petroleo y Gas
  • Electricidad
  • Renovables
  • Industria
  • Política y Normatividad
  • Mercados
  • Tecnología

Otros enlaces

Contacto
Contacto Publicidad
Media Kit
Aviso de Privacidad
Política de Cookies
  • Contact Us
  • Política de Privacidad
  • Cookies policy (EU)

© 2024 ENERGY21 - TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS.

Gestionar el consentimiento de las cookies

Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento de estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.

Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu Proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
Administrar opciones Gestionar los servicios Gestionar {vendor_count} proveedores Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
{title} {title} {title}
No Result
View All Result
  • Petróleo y Gas
  • Política y Normatividad
  • Industria
  • Electricidad
  • Renovables
  • Mercados
  • Agenda Trump
  • Tecnología
  • Opinión
  • Revista

© 2024 E21. Todos los derechos reservados

Las cookies de este sitio web se usan para personalizar el contenido y los anuncios, ofrecer funciones de redes sociales y analizar el tráfico. Además, compartimos información sobre el uso que haga del sitio web con nuestros partners de redes sociales, publicidad y análisis web, quienes pueden combinarla con otra información que les haya proporcionado o que hayan recopilado a partir del uso que haya hecho de sus servicios. Conoce más en Política de Privacidad