Los jueces Rodrigo de la Peza y Juan Pablo Gómez, suspendieron provisionalmente las modificaciones al artículo décimo tercero de la Ley de Hidrocarburos sobre la regulación asimétrica de combustibles.
La medida fue establecida de forma pareja, pese a que una sola empresa fue la solicitó la suspensión de la reforma al artículo referido, ya que impactaría a todos los participantes del mercado de hidrocarburos, petroquímicos y petrolíferos.
“(…) debe precisarse que los efectos de esta medida cautelar, a pesar de que se solicitó solamente por una empresa que es titular de un permiso que la faculta para realizar una actividad regulada dentro del sector de hidrocarburos debe tener efectos generales”, se lee en la resolución 1855/2021.
Asimismo, se indica que la medida cautelar no está sujeta a su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), ya que puede entrar en vigor desde el momento en el que se dicta pues así lo establece el artículo 136 de la Ley de Amparo.
El pasado 19 de mayo fue publicado en el DOF la reforma al artículo décimo tercero de la Ley de Hidrocarburos, a través del cual se le regresó a Pemex el monopolio para fijar precios de venta de los petrolíferos al mayoreo.