Con el objetivo de mantener en pie al sector energético, esta mañana se publicó el Decreto por el que se otorgan beneficios fiscales de hasta 65 mil millones de pesos (MMDP) a los Asignatarios de Pemex en el Diario Oficial de la Federación (DOF), aplicables para el ejercicio fiscal de 2020.
De acuerdo con el documento, el estímulo fiscal será otorgado a los Asignatarios que estén obligados al pago del derecho por la utilidad compartida referente en el artículo 39 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos y los que de conformidad con el artículo 42 de la ley referida y que realicen pagos provisionales mensuales.
Para el primer caso, el estímulo fiscal no podrá exceder la cantidad de a pagar en el ejercicio una vez acreditados los pagos provisionales efectivamente pagados de este derecho correspondientes al ejercicio 2020, y compensados los saldos a favor que procedan en los términos de la Ley de Ingresos de sobre Hidrocarburos ni los 65 mmd.
En el segundo caso, éste no podrá rebasar la cantidad a pagar en el periodo que se trate ni la que resulte de multiplicar el número de meses que comprende el periodo por el cociente de dividir 65 mmdp entre 12.
Los estímulos fiscales no podrán ser devueltos ni constituirán ingresos acumulables para fines fiscales. Asimismo, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Servicio de Atención Tributaria (SAT), podrán expedir las disposiciones necesarias para la aplicación del Decreto desde sus respectivas competencias.
Finalmente, el Decreto entrará en vigor a partir de hoy y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020.
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