La Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA), publicó el día de hoy en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos requeridos para las pólizas de seguro que deberán ser adquiridas por las empresas que se dediquen a la Compresión, Licuefacción, Descompresión y Regasificación, así como el Transporte, Almacenamiento, Distribución y Expendio al Público de Hidrocarburos.
Estas coberturas deberán amparar responsabilidad civil y responsabilidad por daño ambiental generados por dichas actividades. La responsabilidad ambiental prevé costos por atención a emergencias, contención de contaminantes, mitigación de impactos y restauración ambiental. Además, las pólizas deberán ser registradas ante la Agencia y cubrir la totalidad de la vida operativa de las empresas.
Los montos de cobertura varían de acuerdo con el giro de cada operador. En el caso de venta al público, la cobertura deberá ser de 275 mil dólares para gasolineras y 500 mil dólares para expendios de gas natural y gas L.P. Para el transporte y distribución el monto dependerá de la capacidad de los medios de transporte utilizados, con un máximo de mil millones de dólares cuando se trate de un buque-tanque con más de 15 mil unidades de arqueo bruto.
En el caso de almacenamiento, los montos se establecerán de acuerdo a la Pérdida Máxima Probable, establecida mediante un estudio realizado por un tercero.
El documento oficial aclara también que los Regulados son responsables en todo momento por los daños o perjuicios provocados por sus contratistas, subcontratistas, proveedores o prestadores de servicios.