La Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA) publicó hoy un acuerdo que establece el 17 de diciembre de 2025 como fecha límite para que las estaciones de servicio de gasolina, diésel y gas LP, así como las plantas de distribución de gas LP, se acojan al Programa Extraordinario de Regularización Ambiental.
Este programa aplica a las instalaciones ya registradas en el Registro Nacional de Instalaciones de Gasolinas y Gas Licuado de Petróleo (RENAGAS), a aquellas que presenten su solicitud de inscripción antes de esa fecha y sea aceptada por la ASEA, o a las que cuenten con certificación del Programa Nacional de Auditoría Ambiental (PNAA) vigente al 17 de diciembre.
El 17 de diciembre representa la fecha de corte para acceder al programa voluntario de regularización, después de esa fecha, no se ofrecerán reducciones en multas ni procedimientos simplificados.
Las instalaciones que no se acojan enfrentarán el régimen ordinario, que incluye multas completas de hasta 5 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) por instalación, equivalentes a aproximadamente 542 mil pesos, además de posibles clausuras y trámites más extensos.
Entre los beneficios del programa se encuentran multas reducidas a partir del monto mínimo aplicable, ajustadas a las condiciones económicas del regulado, y la evitación de clausuras durante el proceso de regularización.
También se incluyen plazos acelerados, con un máximo de 90 días hábiles para resolver la autorización en materia de impacto ambiental una vez pagada la multa, prorrogables por única vez hasta otros 90 días.
Para participar, las instalaciones deben cumplir con los requisitos establecidos. Esto incluye a todas las registradas en RENAGAS, a las que logren inscribirse y obtener aceptación antes del 17 de diciembre, y a las certificadas por el PNAA a esa fecha. No aplica a instalaciones con delitos ambientales graves, permisos revocados, procedimientos en curso o litigios pendientes.
Las personas reguladas deben acceder al portal https://renagas.asea.gob.mx/ para ratificar su interés en el programa.
Ahí deberán completar o actualizar la documentación requerida, como el permiso de la Comisión Reguladora de Energía que fue sustituida por la Comisión Nacional de Energía (CNE), constancia de uso de suelo, Registro Federal de Contribuyentes, manifestaciones bajo protesta de decir verdad y los anexos correspondientes. Además, se recomienda presentar las últimas tres declaraciones anuales del Impuesto Sobre la Renta para que la ASEA considere la capacidad económica al calcular la multa.
A partir del 18 de diciembre, la ASEA iniciará inspecciones y aplicará el régimen sancionatorio estándar, con multas plenas y medidas de seguridad que pueden incluir clausuras.
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