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Oficial el fin al monopolio de ASA en el mercado de turbosina

A través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) informó sobre el fin de la exclusividad de Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA) para prestar los servicios de almacenamiento, distribución y suministro de turbosina.

En el documento se advierte que, tras la entrada en vigor de la Ley de Hidrocarburos, publicada el 11 de agosto de 2014, se materializa la derogación del artículo noveno transitorio del Reglamento de la Ley de Aeropuertos, publicada el 17 de febrero de 2000, en el que se establecía a ASA como único operador autorizado para prestar estos servicios a los transportistas y operadores aéreos.

El anuncio fue suscrito por Luis Gerardo Fonseca, Director General de Aeronáutica Civil, “para dar claridad y seguridad jurídica a cualquier interesado en participar en la prestación del servicio complementario de suministro de combustibles en los aeropuertos, así como a los usuarios de este servicio”, ya que la Ley de Hidrocarburos dicta la apertura para que cualquier interesado realice las actividades de almacenamiento, distribución y suministro de combustible, sujeto a permiso de la Comisión Reguladora de Energía (CRE).

En su artículo tercero, la Ley de Hidrocarburos dispuso la derogación de todas aquellas disposiciones que se opusieran a esta Ley, como las encontradas en el artículo noveno transitorio del Reglamento de la Ley de Aeropuertos. Por lo que dictan, resulta innecesaria su derogación expresa, ya que una vez entrada en vigor la Ley de Hidrocarburos, que es una norma de mayor jerarquía, su derogación es clara y necesariamente consecuente.

Con el anunció también se aclara que, anteriormente el Reglamento de la Ley de Aeropuertos daba a la SCT la facultad discrecional para decidir sobre la apertura de la prestación de dichos servicios a terceros y terminar la exclusividad de ASA, sin embargo, con la Ley de Hidrocarburos se designó a la CRE como la autoridad reguladora y competente en la materia.

Por Redacción E21.