
Un juez ordenó dejar sin efectos la autorización de impacto ambiental del proyecto de gas natural licuado (GNL) LNG AMIGO, previsto en Guaymas, Sonora, luego de determinar que la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) emitió el permiso pese a que estaba vigente una suspensión judicial que le impedía avanzar en el procedimiento ambiental.
La resolución establece que la dependencia debe cumplir con la determinación judicial en un plazo de 24 horas y entregar la documentación que acredite la anulación de la autorización. De acuerdo con el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), la decisión también implica detener el avance de las obras mientras se mantiene suspendido el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
El caso se originó en marzo pasado, cuando el CEMDA obtuvo una suspensión provisional y posteriormente una definitiva relacionada con la consulta pública del Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (PEIA) del proyecto LNG AMIGO.
La organización sostiene que, al quedar suspendida la consulta, también debía detenerse el procedimiento ambiental en su conjunto. Sin embargo, descubrió que la ASEA había emitido la autorización de impacto ambiental en mayo, cuando la medida judicial ya llevaba dos meses vigente.
Ante ese hecho, el CEMDA promovió un incidente por incumplimiento de la suspensión. Al resolverlo, el juzgado determinó que la agencia no respetó la medida y ordenó declarar insubsistente el resolutivo ambiental, es decir, dejarlo sin efectos jurídicos.
Cuestionan transparencia de la evaluación ambiental
El conflicto también involucra el acceso a la información sobre los posibles impactos del proyecto y las condiciones en que se realizó la consulta pública.
María Inés Pérez Centeno, abogada senior del CEMDA, explicó que las suspensiones judiciales en materia ambiental buscan prevenir daños irreparables y proteger los derechos de las personas mientras se resuelve el juicio.
En este caso, señaló, la medida pretende evitar que la ASEA determine la viabilidad ambiental de LNG AMIGO antes de que se esclarezca si se divulgó información suficiente sobre sus posibles impactos y si se garantizó una participación ciudadana libre, oportuna e informada.
El CEMDA cuestionó que la versión pública de la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) del proyecto, denominado Terminal de Licuefacción y Almacenamiento LNG AMIGO, contiene información reservada o testada en exceso. También señaló que existe incertidumbre sobre los plazos de la consulta pública.
La organización promovió acciones legales para defender el acceso a la información y la participación ciudadana, derechos contemplados en la Constitución mexicana, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y el Acuerdo de Escazú.
El proyecto queda sujeto al proceso judicial
La evaluación de impacto ambiental permite a las autoridades analizar las consecuencias que una obra o actividad puede tener sobre los ecosistemas y determinar medidas para prevenir, mitigar o compensar sus efectos.
En ese proceso, el acceso a la MIA permite que las comunidades conozcan los posibles impactos de un proyecto y formulen observaciones antes de que se tome una decisión sobre su viabilidad.
El CEMDA celebró la resolución judicial y sostuvo que el proyecto debe permanecer detenido hasta que se cumplan las disposiciones aplicables en materia de consulta y participación pública.
La resolución coloca a la ASEA ante la obligación de acreditar que dejó sin efectos la autorización emitida en mayo. El comunicado de la organización no detalla, sin embargo, el estado actual de las obras ni si la dependencia cumplió dentro del plazo fijado por el juzgado.
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