
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) incorporó el Complemento Concepto para Hidrocarburos y Petrolíferos dentro del CFDI, una medida que fortalece la trazabilidad en la comercialización de gasolina y diésel, y que eleva el nivel de control fiscal en una de las cadenas más sensibles del país.
A partir del 24 de abril de 2026, las estaciones de servicio y contribuyentes que enajenen estos productos deben integrar dicho complemento en sus facturas, conforme a la regla 2.7.1.48 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2026. Este cambio transforma al CFDI: deja de ser únicamente un comprobante fiscal para convertirse en una herramienta de validación regulatoria y operativa.
Marco normativo y alcance
La RMF 2026, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2025 y vigente desde el 1 de enero de 2026, refuerza el vínculo entre facturación y control sectorial. No solo establece la obligación del complemento, sino que articula su relación con los controles volumétricos, dictámenes técnicos y registros contables aplicables a hidrocarburos y petrolíferos.
Este enfoque implica un cambio de fondo: ya no basta con emitir un CFDI correcto, sino que este debe estar respaldado por información consistente en términos operativos, regulatorios y documentales. El cumplimiento fiscal se integra, de manera directa, con el cumplimiento regulatorio. Es importante el uso correcto de los códigos de los productos, de acuerdo al catálogo vigente del SAT: “15101505 Combustible Diesel”, “15101514 Gasolina regular menor a 91 octanos” y “15101515 Gasolina premium mayor o igual a 91 octanos”.
Obligaciones para estaciones de servicio
Toda estación que venda gasolina o diésel deberá integrar el complemento en sus CFDI. Para ello, es clave contar con permisos vigentes y una correcta configuración de facturación. El cumplimiento implica la configuración del proveedor autorizado de certificación (PAC), validación de claves de producto, vigencia de permisos y consistencia en la información antes del timbrado.
Impacto operativo en la cadena
El impacto no es exclusivamente tecnológico. Este nuevo esquema obliga a integrar en un solo flujo la facturación, los inventarios, los controles volumétricos y el respaldo regulatorio. Una inconsistencia en cualquiera de estos elementos puede impedir la emisión del CFDI o generar observaciones fiscales relevantes.
Además, el cumplimiento se extiende a la cadena de suministro. La correcta emisión de CFDI por parte de proveedores es fundamental, ya que errores en origen pueden afectar la deducibilidad, trazabilidad y cumplimiento de las estaciones de servicio.
Un nuevo estándar de cumplimiento
La evolución del CFDI en 2026 confirma una tendencia clara: la autoridad fiscal está utilizando la facturación electrónica como eje de supervisión sectorial. Hoy, cada comprobante debe demostrar no solo una transacción, sino la legalidad y coherencia de toda la operación.
Para las empresas del sector, esto implica fortalecer cuatro frentes estratégicos:
- Verificación de permisos vigentes.
- Actualización de sistemas de facturación.
- Validación de catálogos y claves de producto.
- Conciliación entre CFDI, volúmenes e información contable.
Ignorar esta integración puede derivar en bloqueos operativos, contingencias fiscales y riesgos regulatorios.
Conclusión
El Complemento de Hidrocarburos y Petrolíferos va más allá de una actualización del CFDI: es un instrumento que integra fiscalización, regulación energética y combate al mercado ilícito. Para el sector, el mensaje es claro: en 2026 no basta facturar, es necesario demostrar trazabilidad y cumplimiento normativo.
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Esta columna se publicó originalmente en la edición de abril de nuestra revista Energy21.






