
La entrada en vigor de la nueva Ley del Sector Hidrocarburos y su reglamento de 2025 podría obligar a la regularización de más de 70 mil instalaciones de autoconsumo de combustibles en México, de acuerdo con Alicia Zazueta, directora general de eServices.
Durante un webinar sobre regulación energética, la especialista señaló que el nuevo marco legal establece que las actividades de almacenamiento de petrolíferos para consumo propio requieren un permiso en la modalidad de usos propios.
“Estamos hablando que al parecer son más de 70 mil; realmente no hay un dato exacto porque como está no regulado tampoco se tiene un dato correcto”, afirmó.
Zazueta explicó que la Ley del Sector Hidrocarburos, publicada el 18 de marzo de 2025, establece en su artículo 76 que las actividades de almacenamiento requieren autorización, mientras que el artículo 115 del reglamento define el uso propio como una modalidad de permiso de almacenamiento para usuarios finales que consumen combustibles dentro de sus procesos productivos.
La directiva recomendó a las empresas que anteriormente presentaron informes preventivos ante la autoridad y obtuvieron resoluciones de improcedencia o incompetencia volver a ingresarlos bajo el nuevo marco normativo.
SAT vincula facturación con permisos energéticos
Durante la sesión, Zazueta también indicó que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ya aplica controles que impiden la emisión de comprobantes fiscales cuando no existe un permiso vigente relacionado con actividades reguladas del sector hidrocarburos.
Explicó que la autoridad fiscal opera de manera coordinada con la Comisión Nacional de Energía (CNE) y la Secretaría de Energía (Sener) para validar permisos asociados a las actividades reportadas en los CFDI.
“No habrá ninguna prórroga”, señaló al responder cuestionamientos sobre cesiones de permisos pendientes de autorización.
Según explicó, cuando un permiso se encuentra en proceso de cesión, únicamente el titular autorizado puede emitir facturas relacionadas con la actividad regulada hasta que la transferencia sea aprobada por la autoridad competente.
Riesgos para instalaciones no regularizadas
La especialista advirtió que las instalaciones de autoconsumo que operan sin permiso enfrentan riesgos administrativos y legales en caso de ser objeto de verificaciones por parte de las autoridades.
Detalló que un operativo puede derivar en procedimientos tanto administrativos como penales, además de la apertura de carpetas de investigación por parte de las autoridades competentes.
Asimismo, reconoció que una eventual regularización masiva podría tener efectos sobre diversos sectores económicos que utilizan combustibles para actividades productivas.
Durante el webinar también se abordó la venta de combustibles a instalaciones de autoconsumo.
Zazueta señaló que las estaciones de servicio autorizadas para expendio al público únicamente pueden vender combustibles directamente a vehículos automotores, por lo que no están facultadas para suministrar grandes volúmenes mediante pipas para actividades de autoconsumo.
Añadió que los comercializadores y distribuidores sólo pueden suministrar combustibles a instalaciones que cuenten con los permisos correspondientes, conforme a las disposiciones previstas en la nueva regulación.
Persisten dudas operativas en la industria
Participantes del webinar plantearon inquietudes sobre la coexistencia de criterios regulatorios previos y las nuevas disposiciones emitidas tras la reforma energética.
En respuesta, Zazueta sostuvo que la nueva Ley del Sector Hidrocarburos y su reglamento proporcionan mayor claridad respecto a los permisos requeridos para actividades de almacenamiento y uso propio de petrolíferos, por lo que recomendó iniciar los procesos de regularización a la brevedad.
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